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Principios del Acuerdo de la Ley 13/2006 del 27 de diciembre de horarios comerciales de Galicia.
Libertad horaria:
Domingos y festivos:
La normativa establece en ocho el número total de domingos y festivos hábiles, desapareciendo el procedimiento que permitía a los ayuntamientos añadir a estos otros dos días.
Flexibilidad:
En todo caso, en la ley figura la posibilidad de que los consistorios que lo soliciten puedan sustituir alguno de los domingos y festivos hábiles por otros que consideren más adecuados a los intereses comerciales de su término municipal
Equilibrio:
De igual forma, según la Xunta, con el fin de buscar el equilibrio entre abastecimiento local y conciliación de la vida familiar y laboral,se excluyen cinco días de la posibilidad de elección de los 8 festivos o domingos hábiles comercialmente: 1 de enero, 1 y 17 de mayo, 25 de julio y 25 de diciembre.
Conciliación:
Con la misma finalidad de conciliación de la vida laboral y familiar,se adelanta el cierre de los establecimientos a las 20.00horas en las fehcas del 24 y 31 de diciembre.
Decarga. Ley 13/2006 del 27 de diciembre de horarios comerciales de Galicia - Exclusiva para aquellos establecimientos de menos de 150 m2
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